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Guía

Licencia por nacimiento para el padre: cuántos días son

2 días corridos por nacimiento según el art. 158 de la LCT — y hasta 5 en el sector público. Cómo pedirlos y qué convenios dan más.

Actualizado con datos oficiales · 29 de agosto de 2026

La licencia por nacimiento para el progenitor no gestante en el empleo privado son 2 días corridos (art. 158, inciso a, Ley 20.744). Es una de las licencias más cortas de la región, pero hay situaciones que la extienden.

EmpleoDías por nacimientoBase legal
Privado (LCT)2 días corridosArt. 158 inc. a, Ley 20.744
Sector público nacional5 días corridosReglamentación específica del empleo público
Los convenios colectivos pueden mejorar estos mínimos, nunca reducirlos.

Cómo pedirlos

  • Avisá a tu empleador con el certificado de nacimiento (o la partida provisional del hospital).
  • Los días se toman inmediatamente después del nacimiento.
  • Si tu convenio colectivo da más días (varios dan 3 a 5), pedí la mejora: el convenio siempre gana.

Ojo con el dato legal: hay un proyecto de ley de licencias parentales en el Congreso que extendería esta licencia a 45 días. No está vigente — te contamos su estado en la guía del proyecto.

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Preguntas frecuentes

¿Los 2 días son paga?

Sí, son licencia paga ordinaria: no te descuentan el sueldo ni los días.

¿Puedo tomarme la licencia de mi pareja?

No: la licencia por maternidad es personal de la trabajadora gestante. Lo que sí pueden compartir son vacaciones o días compensados si el empleador lo acepta.