Licencia por maternidad
La ley argentina te da 90 días de licencia paga (art. 177 de la Ley 20.744): 45 antes del parto y 45 después, o si preferís, solo 10 antes y 80 después. Ingresá tu fecha probable de parto y te armamos el calendario completo.
Preguntas frecuentes
¿Y si el bebé nace antes de la FPP?
Los días de licencia que no llegaste a tomarte antes del parto se acumulan al período posterior: los 90 días totales no cambian (art. 177).
¿La licencia es paga?
Sí, al 100%: la paga la ANSES, no tu empleador. Percibís una suma igual a la retribución que te corresponde por la licencia legal.
¿Después de la licencia qué?
Podés volver a tu trabajo en las mismas condiciones, rescindir con una indemnización especial, o pedir la excedencia (entre 3 y 6 meses sin sueldo) si tuviste al menos un año de antigüedad (arts. 183 a 186).