Guía
Asignación por maternidad: tu sueldo durante la licencia
Durante los 90 días de licencia la ANSES paga el 100% de tu sueldo (sin tope de IGF). Cómo se tramita, cuándo se cobra y qué pasa con monotributo.
Actualizado con datos oficiales · 29 de agosto de 2026
La Asignación por Maternidad es la que financia tu licencia: durante los 90 días, la ANSES te paga una suma igual a tu retribución. No tiene tope de ingreso del grupo familiar y es independiente de la prenatal (que cobrás antes del parto).
Según tu régimen
| Régimen | Quién te paga la licencia | Cuánto |
|---|---|---|
| Relación de dependencia | ANSES (vía tu empleador) | 100% de tu retribución |
| Monotributo | ANSES | Equivale a tus rentas de referencia |
| Casas particulares | ANSES | Según tu remuneración registrada |
Cómo se cobra
- En relación de dependencia: tu empleador te abona como siempre y luego compensa con ANSES — para vos no cambia nada.
- En monotributo: se solicita en ANSES con el certificado de embarazo y se acredita en tu cuenta.
- El pago cubre exactamente los 90 días de licencia legal (45+45 o 10+80).
Después de la licencia, si optás por excedencia, esa extensión ya no es paga (es sin goce de sueldo). Los únicos días paga extra son los que suma un parto múltiple según convenio o el art. 208 por enfermedad del embarazo.
Ver montos según tu situación →Preguntas frecuentes
¿Incluye aguinaldo y vacaciones?
La licencia por maternidad es tiempo de servicio: el aguinaldo y las vacaciones se siguen devengando. La suma que paga ANSES equivale a la retribución mensual del período.
¿Se cobra si estoy cobrando desempleo?
No se acumulan: si estás percibiendo la prestación por desempleo y entrás a la licencia, corresponde la Asignación por Maternidad; consultá tu caso en ANSES porque la secuencia importa.